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2009-08-13. Empleo: Bases de la convocatoria para la contratación temporal, en régimen laboral y mediante concurso-oposición, de dos técnicos/as en "Prevención Comunitaria de Drogodependencias y Otras Conductas Adictivas" para la Mancomunidad integral Villuercas-Ibores-Jara.
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN TEMPORAL, EN RÉGIMEN LABORAL Y MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE DOS TÉCNICOS/AS EN “PREVENCIÓN COMUNITARIA DE DROGODEPENDENCIAS Y OTRAS CONDUCTAS ADICTIVAS” PARA LA MANCOMUNIDAD INTEGRAL VILLUERCAS-IBORES-JARA”
1º.-Objeto de la convocatoria.- Es objeto de la presente convocatoria la contratación temporal, en régimen laboral y bajo la modalidad de contrato de obra o servicio de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 a) del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 2720/98 de 28 de diciembre, mediante concurso-oposición, de 2 Técnicos/as para el desarrollo del Programa de Prevención Comunitaria de Drogodependencias y otras Conductas Adictivas en la Mancomunidad Integral Villuercas-Ibores-Jara.
2º.- Duración del contrato, jornada, retribución, ámbito territorial y funciones.- a) La duración del contrato se extenderá desde la fecha de su formalización hasta el 31 de diciembre de 2009. b) La jornada laboral será a tiempo completo, de lunes a viernes, pudiendo ser modificada en cualquier momento por el órgano administrativo competente, para adaptarse a las necesidades del servicio. c) La retribución será la correspondiente a la categoría de técnico en Prevención Comunitaria de Drogodependencias y otras Conductas Adictivas, según la asignación de la subvención concedida a tal efecto. d) El ámbito territorial de trabajo será el correspondiente al territorio de la Mancomunidad Integral Villuercas-Ibores-Jara. e) El Técnico/a de Prevención de conductas adictivas tendrá como funciones principales, entre otras, las siguientes: - Campañas de sensibilización, información o formación dirigidas a cualquier grupo de población, bien sea a la población en general o escolarizada, adultos, padres, profesionales, voluntarios, mediadores u otros.
3º.- Requisitos de los/as aspirantes.- Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los/as aspirantes deberán reunir a la fecha de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
c) Estar en posesión del, Título de Diplomado en Trabajo Social y/o Educador Social. d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto de trabajo. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
4º.- Solicitudes y acreditación de requisitos y méritos.- 1.- Las solicitudes para participar en el proceso, en las que los aspirantes deberán hacer constar que reúnen las condiciones exigidas en el apartado de requisitos y acompañar los documentos acreditativos de los requisitos y méritos alegados, se dirigirán a la Presidencia de la Mancomunidad Integral Villuercas-Ibores-Jara (haciendo constar que reúnen las condiciones exigidas en el apartado de requisitos). 2.- Las solicitudes se podrán presentar en el Registro de entrada de la citada Mancomunidad Integral, de 9 a 14 horas, o en los registros de entrada de cualquiera de los Ayuntamientos pertenecientes a dicha Mancomunidad, desde el día 14 al 24 de agosto de 2009, ambos incluidos, el día 24 de Agosto de 2009, a las 14 horas. 3.- En el supuesto de que alguna solicitud se presentase mediante cualquiera de las fórmulas contempladas en el Art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, deberán también remitir vía fax la solicitud, al número 927 360 478, dentro del plazo de presentación de solicitudes. 4.- A la solicitud se acompañará: - Fotocopia compulsada del D.N.I. 5.- El incumplimiento de cualquiera de los requisitos anteriores supondrá la exclusión del proceso selectivo. En cualquier momento el Tribunal de Selección constituido al efecto podrá requerir al aspirante cualquier documentación que considere complementaria, así como los originales de los meritos alegados en el “curriculum vitae”.
5º.- Admisión de aspirantes.- 1.- Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, en la que se concederá un plazo de dos días naturales para la subsanación de defectos subsanables. 2.- En dicha resolución, el Sr. Presidente determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, el orden de actuación de los aspirantes, en su caso, y la composición nominativa del Tribunal Calificador. 3.- Las listas provisionales y definitivas de aspirantes y cualquier otra publicación de este procedimiento de selección, se publicará en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad Integral Villuercas-Ibores-Jara y en la web www.villuercas-ibores-jara.org
6º.- Criterios de Selección.- BAREMO DE MÉRITOS a) Experiencia laboral relacionada con Actividades de Prevención de Drogodependencias: hasta un máximo de 5 puntos, de la siguiente forma: Experiencia laboral en Servicios Sociales: 0,10 puntos por mes trabajado. La experiencia laboral se acreditará mediante copia del contrato compulsada y original o fotocopia compulsada de certificación de empresa o certificado expedido por la Administración donde se hayan prestado servicios. b) Formación consistente en la participación como asistente a cursos, jornadas, congresos y conferencias relacionadas con las funciones a desarrollar: hasta un máximo de 5 puntos, de la escala que a continuación se especifica.
La formación se acreditará mediante original o fotocopia compulsada de los correspondientes documentos acreditativos de la asistencia correspondiente. c) Estar en posesión del Permiso de Conducir Clase B, disponer de vehículo adecuado propio o a disposición, así como disponibilidad para viajar: hasta un máximo de 5 puntos. La posesión del Permiso de Conducir Clase B, se acreditará con original o fotocopia compulsada de dicho documento; disponer o disposición de vehículo propio con documento original de titularidad o fotocopia compulsada; la disponibilidad para viajar mediante declaración jurada en tal sentido, suscrita por el aspirante.
7º.- Procedimiento de Selección.- La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos alegados por los aspirantes, de conformidad con lo dispuesto en la base sexta. La fase de oposición consistirá en la defensa de un proyecto de actuación en Prevención de Drogodependencias y una entrevista personal; su calificación se determinará por el Tribunal, otorgando un máximo de 10 puntos. Para la realización del proceso selectivo se constituirá un Tribunal, integrado por cinco miembros (1 Presidente, 1 Secretario y 3 Vocales), cuya composición estará determinada por el Sr. Presidente, mediante Resolución. El funcionamiento del Tribunal estará regido, con carácter supletorio a estas Bases, por lo dispuesto en la Ley 30/92, pudiendo contar con el asesoramiento técnico que estime pertinente para ilustrar sus deliberaciones. La puntuación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones alcanzadas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate en la puntuación total, el orden de los aspirantes seleccionados se determinará teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Calificado el concurso y la oposición, se procederá a publicar la lista de puntuaciones obtenidas, que estará integrada por el total de puntos obtenidos por cada aspirante. Los resultados obtenidos en las pruebas se publicarán en el Tablón de Anuncios de la Mancomunidad, siendo propuestos para ocupar las plazas los 2 candidatos con la máxima puntuación. Con el resto de candidatos se constituirá una lista de espera.
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la oposición en aquellos aspectos no previstos en estas bases En Deleitosa, a 13 de Agosto de 2009.
EL PRESIDENTE
Publicado el 2009-07-13 a las 10:45:32 por Mancomunidad Villuercas-Ibores-Jara. |










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